miércoles, 27 de octubre de 2010

ATENCIÓN Y ORIENTACIÓN AL USUARIO EN SALUD

Conocemos los usuarios nuestros derechos?


I. Revelación de información

La persona tiene derecho a recibir información precisa y fácil de comprender acerca del plan de salud, profesionales de la salud e instalaciones de atención en salud. Si la persona habla otro idioma, tiene una discapacidad física o mental o simplemente hay algo que no comprende, se le suministrará ayuda para que pueda tomar decisiones de atención en salud debidamente informadas.

II. Selección de profesionales de la salud y planes

La persona tiene derecho a una selección de profesionales de la salud que le brinden acceso suficiente a la atención en salud apropiada y de alta calidad.

III. Acceso a servicios de emergencia

Si la persona tiene un dolor intenso, una lesión o una enfermedad súbita que la convence de que su salud está amenazada seriamente, tiene derecho a recibir servicios de evaluación y estabilización de urgencia donde y cuando los necesite, sin autorización ni retribución financiera previa.

IV. Participación en las decisiones del tratamiento

La persona tiene derecho a conocer todas las opciones de tratamiento y participar en todas las decisiones acerca de sus cuidados. Los padres, tutores, familiares u otros individuos que la persona designe pueden representarla si ella no puede tomar sus propias decisiones.

V. Respeto y no discriminación

La persona tiene derecho a una atención considerada, respetuosa y no discriminatoria por parte de sus médicos, representantes del plan de salud y otros profesionales de la salud.

VI. Confidencialidad de la información de salud

La persona tiene derecho a hablar en confianza con los médicos y a que se proteja la información de atención médica. También tiene derecho a revisar y copiar su propio registro médico y solicitar que el médico lo corrija si no es preciso, relevante o completo.

VII. Quejas y apelaciones

La persona tiene derecho a una revisión justa, rápida y objetiva de cualquier queja que tenga contra su plan de salud, médicos, hospitales u otro personal de atención en salud. Lo anterior incluye quejas acerca de tiempos de espera, horas de funcionamiento, la conducta del personal de atención médica y las condiciones de las instalaciones de atención de la salud.

Declaración de derechos del usuario

I. Revelación de información

La persona tiene derecho a recibir información precisa y fácil de comprender acerca del plan de salud, profesionales de la salud e instalaciones de atención en salud. Si la persona habla otro idioma, tiene una discapacidad física o mental o simplemente hay algo que no comprende, se le suministrará ayuda para que pueda tomar decisiones de atención en salud debidamente informadas.

II. Selección de profesionales de la salud y planes

La persona tiene derecho a una selección de profesionales de la salud que le brinden acceso suficiente a la atención en salud apropiada y de alta calidad.

III. Acceso a servicios de emergencia

Si la persona tiene un dolor intenso, una lesión o una enfermedad súbita que la convence de que su salud está amenazada seriamente, tiene derecho a recibir servicios de evaluación y estabilización de urgencia donde y cuando los necesite, sin autorización ni retribución financiera previa.

IV. Participación en las decisiones del tratamiento

La persona tiene derecho a conocer todas las opciones de tratamiento y participar en todas las decisiones acerca de sus cuidados. Los padres, tutores, familiares u otros individuos que la persona designe pueden representarla si ella no puede tomar sus propias decisiones.

V. Respeto y no discriminación

La persona tiene derecho a una atención considerada, respetuosa y no discriminatoria por parte de sus médicos, representantes del plan de salud y otros profesionales de la salud.

VI. Confidencialidad de la información de salud

La persona tiene derecho a hablar en confianza con los médicos y a que se proteja la información de atención médica. También tiene derecho a revisar y copiar su propio registro médico y solicitar que el médico lo corrija si no es preciso, relevante o completo.

VII. Quejas y apelaciones

La persona tiene derecho a una revisión justa, rápida y objetiva de cualquier queja que tenga contra su plan de salud, médicos, hospitales u otro personal de atención en salud. Lo anterior incluye quejas acerca de tiempos de espera, horas de funcionamiento, la conducta del personal de atención médica y las condiciones de las instalaciones de atención de la salud.

domingo, 17 de octubre de 2010

Salud en Colombia: ¡Qué agonía!



Cuál Reforma al sistema de salud?

 El pasado jueves 14 de octubre, se llevó a cabo una audiencia pública en el Centro de Convenciones de la Gobernación, convocada por las Comisiones VII Constitucionales permanentes del Congreso de la República y el Ministerio de Protección Social, cuyo objetivo era el  de discutir el Proyecto de Ley No 01/2010 “Por medio del cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”.   Las expectativas creadas por el gobierno en cuanto a una verdadera reforma del sistema empezaron a desmoronarse cuando se tuvo la oportunidad de leer el texto del proyecto de Ley y su exposición de motivos, presentado por el Senador Antonio Correa Jiménez.

El decreto se inicia con un articulo gaseoso, el en el cual se hace mención a unos indicadores de “gestión y resultados en la salud y bienestar de todos los actores que operan en el Sistema de Seguridad Social en Salud”. El texto no da a entender que es lo que se pretende decir y su lectura puede llevar a interpretar que los indicadores van a medir los resultados en la salud y el bienestar de  administradores, médicos, odontólogos, enfermeras, que son los operadores de la salud  y no de la población a la que se pretende beneficiar.   

 La nueva ley crea una Comisión de Regulación en Salud (CRES), instancia máxima de la salud en Colombia,  que reemplaza al actual Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud con iguales o similares funciones. La diferencia está  en la integración de la Comisión, la cual se compone de 10 miembros, entre ministros, representantes de alcaldes y gobernadores y cinco “comisionados expertos”, designados por el Presidente de la República, pertenecientes a entidades como la Asociacion Colombiana de Universidades, Asociaciones de Profesionales de la Salud y Asociaciones de Usuarios debidamente organizados y… aquí viene la joya, por “Centros de Investigación de Economía de la Salud”. No hubiera podido haber un poco más de recato en incluir a investigadores en economía de la salud, cuando se sabe que el actual Ministro de Protección Social, Economista Germán Santamaría, viene de dirigir en Fedesarrollo un grupo de investigación y que uno de sus últimos trabajos fue “Diagnóstico general del sector salud en Colombia: evolución, contexto y principales retos de un sistema en transformación”? Hubiera sido más apropiado incluir un comisionado experto proveniente de centros de investigación en demografía y salud, en el estudio de enfermedades emergentes y reemergentes, en fin en aspectos relacionados con la salud; se piensa que la salud de los colombianos es un problema económico y no más.   

 La Comisión CRES no menciona, como si lo hace con los investigadores economistas, a la Academia Nacional de Medicina, que por Ley 02 de 1979 es asesora del Ministerio de Salud Pública; o a la Escuela Nacional de Salud Publica, instituciones estas si, dotadas para designar “comisionados expertos” en el manejo de la salud pública y el proceso-salud enfermedad.

 No hay reforma al sistema de salud, todo sigue lo mismo; con la nueva Ley solamente se consiguen unos recursos adicionales para que el sistema sobreviva un tiempo más. La salud continuará  en cuidados intensivos.  



Por qué es Importante la Administración en Salud

Este artículo es una reflexión acerca de la importancia que representa la administración en salud. La administración posee herramientas que, aplicadas al ramo de los sistemas de salud, pueden ayudar a éstos a desarrollar una visión de conjunto del sistema, optimizando recursos humanos, técnicos y financieros, para poder llevar a las instituciones de salud a un estado de crecimiento y eficiencia.

Frecuentemente, los médicos destacados en su especialidad son llamados a administrar en los distintos niveles jerárquicos del sistema de salud, careciendo las más de las veces de experiencia y preparación específica en administración. Por otro lado, también encontramos directivos que son expertos en administración, pero que desconocen los problemas de salud. Finalmente se destaca la necesidad de dar capacitación administrativa al médico, ya que la razón de ser de las instituciones que conforman el sistema de salud es precisamente el servicio a esta última, por lo que las decisiones importantes deben ser tomadas por médicos.